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16 - 05 - 2024

Ley Antifraude y software de facturación

Ley Antifraude y software de facturación

En un esfuerzo por reforzar la lucha contra el fraude fiscal y el blanqueo de capitales, en España se aprobó el 9 de julio de 2021 la Ley 11/2021, más conocida como Ley Antifraude. A continuación, desglosamos los puntos clave de la Ley Antifraude y cómo afectan a diversos aspectos del ámbito fiscal y contable.

¿Qué es la Ley Antifraude?

La Ley 11/2021, conocida como Ley Antifraude, es una normativa aprobada en España con el objetivo de fortalecer la lucha contra el fraude fiscal y el blanqueo de capitales. Esta ley implementa diversas medidas para aumentar la transparencia, el control y la responsabilidad en el ámbito tributario y económico, buscando cerrar brechas y reducir oportunidades para actividades fraudulentas.


Pago máximo en efectivo para evitar el fraude fiscal

La Ley Antifraude fiscal introduce cambios sustanciales, especialmente en lo referente a los pagos en efectivo, estableciendo nuevos límites:

  • En operaciones que involucren a un empresario o profesional, la limitación del pago en efectivo para ciertas actividades económicas se reduce de 2.500 a 1.000 euros.
  • Para particulares con domicilio fiscal fuera de España, el límite de pago en efectivo se reduce de 15.000 a 10.000 euros.

Además, la ley modifica el umbral para aparecer en el listado de deudores, reduciéndolo de un millón a 600.000 euros. También incluye a los "responsables solidarios" en esta lista, en relación con el impuesto de solidaridad a las grandes fortunas. Para limitar los pagos en efectivo y reducir la morosidad, la nueva ley también aborda el concepto de paraísos fiscales, actualizando periódicamente su lista. Estos paraísos fiscales se denominan "jurisdicciones no cooperativas" y su vinculación es de alcance internacional.





Cómo afecta el reglamento de la Ley Antifraude al software de facturación

La búsqueda de un mejor control tributario implica un mayor control de la calidad de la información, la inalterabilidad de los datos y la correcta trazabilidad. Estos son precisamente los objetivos de la Ley Antifraude, que define los requisitos que deberán cumplir los programas informáticos de facturación, dando un paso más en el cumplimiento de la Ley General Tributaria (LGT).

Tras la publicación del nuevo Reglamento, hay varios aspectos relevantes a tener en cuenta, ya que afectan directamente a los programas informáticos de facturación. Según esta normativa, los softwares de facturación deberán cumplir una serie de atributos que aseguren que los registros sean íntegros, conservados, accesibles, legibles, trazables e inalterables.

Así, todas las transacciones comerciales deberán generar una factura y su correspondiente anotación en el sistema informático. El software estará obligado a mantener un registro de las facturas, preservando los datos e impidiendo la alteración de dichas anotaciones, para que puedan ser remitidas a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)

Los sistemas informáticos que realicen procesos de facturación podrán enviar de manera inmediata y automatizada a la AEAT todos los registros de facturación realizados. Alternativamente, deberán guardar un registro de cada transacción (con la firma correspondiente en cada registro) para estar disponibles para la Administración cuando lo solicite.

Este reglamento se aplica a todos los obligados tributarios que utilicen software de facturación, con fecha prevista de entrada en vigor a partir del 1 de julio de 2025. Los usuarios deberán asegurarse de que sus programas estén adaptados al Reglamento para esa fecha.

En este contexto, los programas de facturación de Geyce estarán 100% adaptados al Reglamento de la Ley Antifraude, garantizando que nuestros clientes cumplan con todas las exigencias establecidas por la normativa.


Requisitos a cumplir por el software de facturación

El software de facturación adaptado a la Ley Antifraude deberá cumplir con los siguientes requisitos para asegurar el cumplimiento de la normativa:

  • Remisión segura y automatizada: En cada prestación de servicios o intercambio de bienes que genere una factura, el software deberá ser capaz de enviar de forma segura y automatizada dichos registros de facturación a la Agencia Tributaria. Además, deberá permitir a la AEAT el acceso inmediato y la extracción de los datos registrados.
  • Inalterabilidad y trazabilidad: El sistema informático no podrá incluir ninguna funcionalidad que permita modificar, ocultar o anular datos. Garantizará la trazabilidad de los datos y el correcto almacenamiento de los registros, manteniéndolos inalterables para cualquier inspección.
  • Registro de eventos: El software deberá contar con un registro en el que se guarden todas las interacciones, operaciones o sucesos ocurridos durante su uso. Estos datos deberán conservarse hasta que expire el periodo de prescripción de las obligaciones tributarias, asegurando así la disponibilidad de la información para cualquier revisión futura.

Recargos por extemporaneidad

Uno de los objetivos principales de la Ley Antifraude es fomentar el pago voluntario, introduciendo modificaciones en las reducciones aplicables a las sanciones tributarias y en el régimen de recargos.

La ley aborda específicamente los sistemas de recargos por presentación extemporánea de declaraciones. El cambio más significativo introduce un nuevo método de contabilización, basado en un recargo progresivo que aumenta un 1% por cada mes de retraso, sin incluir intereses de demora, hasta que hayan transcurrido 12 meses. Una vez cumplidos estos 12 meses, se aplicará un recargo adicional del 15%, y a partir de ese momento, comenzará el devengo de los intereses de demora.

Este enfoque tiene como objetivo incentivar a los contribuyentes a cumplir con sus obligaciones fiscales de manera más puntual y voluntaria, ofreciendo un esquema claro y gradual de recargos que evita la acumulación de intereses de demora en el primer año de retraso.


Transposición de la directiva antielusión

Para prevenir prácticas fraudulentas que puedan impactar el mercado interno, se implementan medidas relacionadas con la directiva europea contra la elusión fiscal (ATAD), la Transparencia Fiscal Internacional (TFI) y el "Exit Tax" o imposición de salida. Estas acciones buscan reforzar la tributación en España de las rentas ubicadas en territorios de "baja fiscalidad", evitando su deslocalización.

Asimismo, se pretende que las empresas que trasladen su sede a otro país continúen tributando en España conforme a las bases imponibles establecidas por la ley vigente. Una modificación importante incluida en la ley es la prohibición explícita de las amnistías fiscales, subrayando el compromiso con una política fiscal más justa y equitativa.


Socimi y Sicav: cambios de la ley antifraude fiscal

Para reforzar la lucha contra el fraude fiscal, la normativa introduce varias disposiciones clave en relación con el Impuesto de Sociedades:

  • Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (Socimi):

Estas sociedades deberán tributar al 15% por los beneficios que no sean distribuidos entre sus accionistas.

  • Sociedades de Inversión de Capital Variable (Sicav):

Se implementan nuevos mecanismos de control, incluyendo un requisito de inversión mínima de 2.500 euros por inversor. Si la sociedad se organiza por compartimentos, la inversión mínima será de 12.500 euros por compartimento. Además, se exige un número mínimo de 100 socios para su constitución y funcionamiento.




El Valor de Referencia del Catastro y otras modificaciones fiscales

La Ley Antifraude ha introducido importantes cambios en la valoración de los bienes inmuebles, con el objetivo de asegurar que el valor de referencia no supere el valor de mercado. Este valor de referencia del Catastro se convierte en la base imponible para los tributos "patrimoniales", como el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).


Valor de Referencia del Catastro

  • Criterios de valoración: El valor de referencia de cada inmueble se fijará según criterios relativos y objetivos, como la calidad, antigüedad y estado de conservación del inmueble. Este valor será determinado por el Catastro a través de un procedimiento administrativo que entró en vigor el 1 de enero de 2022.
  • Aplicación: Este valor afectará a quienes adquieran un inmueble a partir de esa fecha y deban tributar por ITP y AJD o por ISD.

Es importante destacar que el valor de referencia no es lo mismo que el valor catastral. Por lo tanto, esta modificación no afecta a los impuestos que utilizan el valor catastral como base imponible, como el IBI o el IRPF.


Modificaciones en el IVA y Responsabilidad Subsidiaria

La ley también introduce cambios significativos en el IVA, especialmente en materia aduanera y en la regulación de los grupos de entidades:

  • Responsabilidad Subsidiaria: Con la nueva normativa, el pago del impuesto se aplica también a las personas o entidades que realicen actividades en nombre del importador.
  • Ampliación de Responsabilidad: Se extiende la responsabilidad subsidiaria del pago de la deuda tributaria a quienes ostenten la titularidad de depósitos no aduaneros, en relación con el abandono o salida de bienes de estos depósitos.

Conclusión

La Ley Antifraude representa un avance significativo en la lucha contra el fraude fiscal en España. Al introducir medidas más estrictas y detalladas para la valoración de bienes inmuebles, la regulación del software de facturación y la responsabilidad tributaria, esta ley refuerza la transparencia y equidad del sistema fiscal. 

Además, al establecer límites más bajos para los pagos en efectivo y actualizar el régimen de recargos y sanciones, se fomenta el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.  En conjunto, estas reformas no solo buscan reducir la elusión y evasión fiscal, sino también garantizar una mayor justicia fiscal y contribuir a la estabilidad económica del país.

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